Cuidado Caritativo/Pago de asistencia


Marcia (Olivas) Elstob
(719) 523-2161

El Southeast Colorado Hospital District (SECHD) se compremete a proporcionar atención médica de beneficencia a las personas que tienen necesidades de salud y no tienen seguro medico, seguro insuficiente, no elgible para un program de gobiemo, CICP, Medicaid, or de lo contrario no pueden pagar, para la atención médica necesaria en función de su situación financiera individual. En consonancia con nuestra misión de ofrecer una calidad de compasión, de alta y asequible de servicios SECHD se esfuerza por garantizar que la capacidad financiera de las personas que necesitan servicios de salud no les impide buscar o recibir atención médica. SECHD proporcinoará, sin discrimanción, el cuidado de condiciones médicas de emergencia a las personas independientemente de su eligibilidad para asistencia financiera o de ayuda del gobierno.
En consecuencia, esta politica por escrito:
Incluye criterios de elegibilidad para asistencia financiera - de descuentos (caridad parcial) de atención.
Describe las base para calcular los importes cobrados a los pacientes elegibles para recibir asistencia financiera bajo esta politica.
Describe el método por el cual los pacientes pueden solicitar asistencia financiera.
Limita las cantidades que el hospital le cobrará en caso de emergencia o de otro tipo de atención médica necesaria a condición de
   que las personas elegibles para asistencia financiera a la cantidad facturada por lo general (recibido por) el hospital para los
   pacientes asegurados comercialmente o Medicare.

La caridad no se considera que es un sustituto de la responsabilidad personal. Los pacientes que se espera que cooperen con SECHD los procedimientos para la obtención de otras formas de pago o ayuda financiera, y contribuir a los gastos de su atención con base en su capacidad individual de pago.

Con el fin de gestionar su responsabilidad los recursos y permitir SECHD para proporcionar el nivel adecuado de asistencia al mayor número de personas necesitadas, las siguientes pautas para la prestación de caridad paciente han sido establecidas.

II. Definiciones

Para los fines de esta norma, los términos siguientes se definen como sigue:

Cuidado de Caridad:
Los servicios de salud que han sido o serán proporcionados, pero nunca se espera que resulte en las entradas de efectivo. Los resultados de la Caridad de atención de la política del proveedor para proporcionar los servicios de salud gratuitos o con descuento a las personas que cumplan los criterios establecidos.

Familia:
Uso del cuidado de los indigentes de Colorado la definición del programa y las directrices, si el paciente afirma que alguien como dependiente, que puede ser considerado como un dependiente para propósitos de la prestación de asistencia financiera.

Los ingresos de la familia:
Ingreso familiar se determina mediante el cuidado de la Programa Para La Atención De Indigentes De Colorado la defincion y los directrices.

Sin seguro:
El paciente no tiene un nivel de seguro o asistencia de terceros para ayudar con el cumplimiento de sus obligaciones de pago.

Insuficiente:
El paciente tiene un cierto nivel de seguros o asistencia de terceros, pero aún tiene fuera de su propio bolsillo los gastos que exceden sus capacidades financieras.

Cargos de Total:
Los gastos totales de los plenos SECHD de las tasas establecidas para la prestación de servicios de atención al paciente antes de las deducciones de los ingresos se aplican.

Condiciones médicas:
Definido en el sentido de la sección 1867 de la Ley de Seguridad Social (42 USC 1395dd).

Médicamente necesario:
Según la definición de Medicare (servicios o artículos necesarios y razonables para el diagnóstico o tratamiento de una enfermedad o lesión).

III. Procedimientos


A. Servicios subvencionables en virtud de esta Política.
Para los propósitos de esta política, la "caridad" o "ayuda financiera" se refiere a los servicios de salud proporcionados por SECHD sin cargo o con descuento a los pacientes que califican. Los siguientes servicios de salud son elegibles para la caridad:

     1. No electivos servicios prestados en respuesta a las circunstancias que amenazan la vida en un ambiente de sala de no-
     emergencia, y
     2. Los servicios médicamente necesarios, que se evalúa sobre una base caso por caso, a criterio de SECHD.

B. Elegibilidad de la Caridad.
La elegibilidad para la caridad será considerada para las personas que no tienen seguro médico, seguro insuficiente, inelegible para cualquier programa de salud del gobierno beneficios de atención médica, y que no pueden pagar por su cuidado, basado en una determinación de la necesidad financiera de acuerdo con esta Política. La concesión de la caridad se basa en una determinación individual de la necesidad financiera, y no tendrá en cuenta la edad, género, raza, condición social o inmigrantes, orientación sexual o afiliación religiosa. El sudeste de Colorado Hospital de Distrito determinará si los pacientes son elegibles para recibir la caridad de los deducibles, co-seguro, o responsabilidades de co-pago.

C. Método para que los pacientes pueden aplicar para el Cuidado de Caridad.
1.La necesidad económica se determinará de acuerdo con los procedimientos que impliquen una evaluación individual de la necesidad económica, y podrá
Incluir un proceso de solicitud, en la que se requiere que el paciente o el garante del paciente para cooperar y suministrar información personal, financiera y de otro tipo y la documentación pertinente para realizar una determinación de necesidad económica;
Incluir todos los esfuerzos razonables por SECHD apropiados para explorar fuentes alternativas de pago y la cobertura de los programas de pago públicos y privados, y para ayudar a los pacientes a solicitar este tipo de programas;
Tener en cuenta los activos disponibles del paciente, y todos los demás recursos financieros disponibles para el paciente, y
Incluir una revisión de las cuentas pendientes del paciente a cobrar por los servicios prestados antes y la historia del paciente de pago.

2.Es preferible pero no se requiere que la solicitud de la caridad y la determinación de las necesidades financieras se producen antes de la prestación de servicios no son de emergencia los servicios médicamente necesarios. Sin embargo, la determinación puede hacerse en cualquier punto en el ciclo de recogida. La necesidad de asistencia financiera se re-evaluado en cada momento posterior de los servicios si la evaluación del último ejercicio se completó más de un año antes, o en cualquier momento información adicional pertinente para la elegibilidad del paciente para la caridad se convierte en conocido.

3.SECHD los valores de la dignidad humana y la privacidad se refleja en el proceso de solicitud, la necesidad económica y la concesión de la determinación de la caridad. Las solicitudes de la caridad se tramitará con prontitud y SECHD deberá notificar a la paciente o solicitante por escrito dentro de los 30 días siguientes a la recepción de una solicitud completa.

D. Criterios de elegibilidad y las cantidades cobradas a los pacientes.
Servicios elegibles bajo esta política se pondrá a disposición del paciente en una escala de tarifas, de acuerdo con la necesidad económica, según lo determinado en referencia a los niveles de pobreza federal (FPL) en vigor en el momento de la determinación. Una vez que un paciente ha sido determinado por SECHD para ser elegible para asistencia financiera, que el paciente no recibirá ninguna factura en el futuro sobre la base de los cargos brutos sin descontar. La base de las cantidades SECHD se cobra a los pacientes que califican para la ayuda financiera es el siguiente:

     1.Los pacientes cuyo ingreso familiar supera el 250% del FPL pueden ser elegibles para recibir descuentos sobre una base caso
          por caso en función de sus circunstancias específicas, tales como enfermedad catastrófica o de indigencia médica, según el
          criterio de SECHD, sin embargo, las tasas de descuento deberá no ser mayor que los importes facturados a lo general (recibida
          por el hospital de) seguro comercial o de Medicare [] los pacientes.
     2.Los pacientes que pagan su factura en su totalidad dentro de los 30 días recibirán un descuento del 20%.
     3.Los pacientes que no pueden pagar su factura dentro de los 30 días o 60 días se les ofrece un préstamo a través de la
          Cooperativa de Crédito Popular.
     4. ¿Quién es automáticamente elegible para el cuidado de la caridad: Un paciente calificado, tal como se define en la ley, debe
          cumplir con los siguientes criterios:
          A. El individuo debe ser seguro.
          B. Ingresos familiar debe ser 250 por ciento del Nivel Federal de Pobreza (FPL) o menos. Para una familia de cuatro, esto es
          igual a un ingreso anual de 57.625 dólares para el año 2012.
          C. Los servicios prestados no deben ser elegibles para el descuento en el marco del Programa de Atención para Indigentes de
          Colorado (CICP).

E. Comunicación del Programa de la Caridad a los pacientes y en la Comunidad.
Notificación de la caridad disponible en SECHD que deberá incluir un número de contacto, deben ser difundidas mediante SECHD por diversos medios, que pueden incluir, pero no se limitan a, la publicación de avisos en las facturas de los pacientes y mediante la publicación de avisos en las salas de emergencia, en las Condiciones de la forma de admisión, la admisión y registro de los departamentos de los hospitales, oficinas de negocios y oficinas de servicios financieros de pacientes que se encuentran en el campus de la institución, y en otros lugares públicos como pueden elegir a SECHD. SECHD también publicar y dar amplia publicidad a un resumen de esta política de atención de la caridad en los sitios web de las instalaciones, en los folletos y en otros lugares dentro de la comunidad atendida por el hospital como SECHD puede elegir. Tales avisos y la información sumaria será proporcionado en los idiomas principales hablados por la población atendida por SECHD. La derivación de pacientes para la caridad puede ser hecha por cualquier miembro del personal de SECHD o el personal médico. La solicitud de la caridad se puede hacer por el paciente o un familiar, un amigo cercano, o asociado de la paciente, sujeto a las leyes de privacidad aplicables.

F. Relación con las políticas de cobranza.
SECHD deberá desarrollar políticas y procedimientos para las prácticas de recolección interna y externa (incluyendo las acciones del hospital puede tomar en caso de falta de pago, incluida la acción de colecciones y presentación de informes a las agencias de crédito) que tengan en cuenta la medida en que el paciente califica para la caridad, de un paciente esfuerzo de buena fe para aplicar para un programa gubernamental o de la caridad de SECHD y el esfuerzo de un paciente de buena fe para cumplir con los acuerdos de pago con sus SECHD. Para los pacientes que califican para la caridad y que están cooperando de buena fe para resolver sus cuentas del hospital de descuento, SECHD pueden ofrecer planes de pago extendidos, no enviará las facturas pendientes de pago a las agencias de cobro externas, y dejará todos los esfuerzos de la colección. SECHD no va a imponer medidas extraordinarias colecciones, tales como embargos de salarios, derechos de retención sobre las residencias primarias, u otras acciones legales para cualquier paciente sin antes hacer esfuerzos razonables para determinar si el paciente es elegible para el cuidado de la caridad en esta política de asistencia financiera. Los esfuerzos razonables se incluyen:

     1. Validar que el paciente debe las facturas pendientes de pago y que
     todas las fuentes de pagos a terceros se han identificado y facturados
     por el hospital;
     2. Documentación que SECHD tiene o ha tratado de ofrecer al paciente
     la oportunidad de aplicar para el cuidado de la caridad de
     conformidad con esta política y que el paciente no ha cumplido con
     los requisitos de aplicación del hospital;
     3. Documentación que el paciente se le ha ofrecido un plan de pago,
     pero no ha cumplido con los términos de ese plan.

G. Los requisitos reglamentarios.
En la aplicación de esta Política, SECHD deberá cumplir con todos los programas federales, estatales y leyes locales, normas y regulaciones que pueden aplicarse a las actividades llevadas a cabo de conformidad con esta Política.